GAY Y LESBIANAS AL TANTO SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL, PLANTEAN MATRIMONIO ENTRE ELLOS
LAS PRINCIPALES
Domingo, 2 de noviembre del 2008
Liberación
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La propuesta de reforma constitucional enviada al Congreso Nacional por el presidente Leonel Fernández llama a la atención de grupos organizados por los cambios que presenta en cuanto a la definición del matrimonio.
“El matrimonio de un hombre y una mujer es el fundamento legal de la familia. La ley rige el derecho al matrimonio y sus efectos”, indica la propuesta de cambios a la Carta Magna en su artículo 44, numeral uno.
Miembros de diferentes organizaciones consideran que el proyecto representa un retroceso y crea una situación de desigualdad entre las personas por su orientación sexual.
“De hecho, la tendencia casi indiscutida de las reformas constitucionales en todo el mundo democrático ha sido proteger progresivamente los derechos de las personas y reconocer el ejercicio de ellos”, manifestó el abogado Nassef Perdomo Cordero, representante del Instituto Caribeño para el Estado de Derecho (ICED).
Igual que Cordero Perdomo opinan Lorena Espinoza y Denise Paiewonsky, de la Colectiva Mujer y Salud; Leonardo Sánchez, director ejecutivo de Amigos Siempre Amigos (ASA) y David Ventura, coordinador de la Red de Voluntarios de ASA (REVASA).
En opinión de Espinoza y Paiewosky, de la Colectiva Mujer y Salud, el artículo 44 del proyecto de reforma de la Carta Magna está diseñado a la medida de los homófobos del presente, como medida de prevención en el futuro para que personas del mismo sexo formen familias y que sean reconocidas legalmente.
A juicio de Sánchez, de ASA, el proyecto “es mucho más severo y más moralista que la Constitución vigente, aparte de que es una pieza mucho más difícil de entender, aunque es más amplia en detalle”
.
La actual Constitución simplemente indica en su artículo 8, numeral 15-letra C: “Se reconoce el matrimonio como el fundamento legal de la familia”. Perdomo Cordero sostiene que “esta configuración permite que se legisle a favor del derecho de los homosexuales y lesbianas a casarse. Esto es así porque no habla del género de quien contrae matrimonio”.
La actual Constitución simplemente indica en su artículo 8, numeral 15-letra C: “Se reconoce el matrimonio como el fundamento legal de la familia”. Perdomo Cordero sostiene que “esta configuración permite que se legisle a favor del derecho de los homosexuales y lesbianas a casarse. Esto es así porque no habla del género de quien contrae matrimonio”.
De su lado, Ventura, de REVASA, entiende que no sólo se puede partir del matrimonio para referirse a la familia. Sostuvo que hay familias que no se han formado en el matrimonio. “¿Dónde van a quedar las madres solteras?”, se preguntó Ventura.
En tanto, Paiewonsky recordó que todos los movimientos sociales que han luchado por los derechos de las minorías discriminadas han tenido que librar feroces batallas contra los poderes establecidos.
“Los sectores que derivan privilegios de la discriminación que sufren otros no renuncian a sus privilegios, hay que arrebatárselos”, dijo Paiewonsky.
Entiende que lo mismo ocurrirá “con los gays y lesbianas, aunque homófobos de ahora se crean que con este artículo 44 van a preservar indefinidamente la discriminación contra estas minorías. La historia muestra que es solo cuestión tiempo”, afirmó.
Derechos en la unión
El numeral 2 del artículo 44 del proyecto de la reforma constitucional también establece que “la unión estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y una comunidad de bienes, de conformidad con la ley”.
Este aspecto, según Perdomo Cordero, “excluye a los homosexuales y lesbianas no sólo de la posibilidad de contraer matrimonio, sino también que se le reconozcan derechos adquiridos a través de la convivencia estable de larga data, como ocurrió recientemente en Colombia”.
Sostiene que con lo anterior queda comprobado que el interés de definir el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer no es proteger la visión tradicional del matrimonio. El representante del ICED, afirmó que el interés es dejar en estado de desprotección jurídica a las parejas formadas por personas del mismo género.
En días pasados Espinoza, directora de Comunicaciones de la Colectiva Mujer y Salud y representantes de Amigos Siempre Amigos y REVASA se reunieron para analizar las implicaciones que tendrá la propuesta de reforma constitucional en grupos minoritarios de la población.
“Representantes de varios grupos estamos leyendo y discerniendo cuál sería el grado de afectación de esta propuesta de reforma constitucional para nuestra población”, expresó Sánchez, de ASA.
Artículo 29
Leonardo Sánchez, de Amigos Siempre Amigos; David Ventura, de REVASA y Lorena Espinoza, de la Colectiva Mujer y Salud, también manifestaron sus quejas, al referirse al artículo 29 de la propuesta de reforma constitucional, sometida al Congreso el pasado 18 de septiembre.
El referido artículo establece que “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de género, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal”. Señalan que en el artículo no figura la no discriminación por orientación sexual.
“Ahí se hace una omisión desastrosa porque no es lo mismo género que orientación sexual”, especificó Ventura. Sostienen que tampoco figuran las personas con discapacidad, que son vulnerables“De la forma como está construido ese proyecto deja por fuera a varios grupos, como las madres solteras, los padres que crían solos y a las personas con discapacidad”, manifestó Sánchez.
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